Culpables (a medias) por tener musica en sus rígidos
Finalmente el primer juicio de la CAPIF a los 20 “grandes uploaders” llegó a su fin con el pago de indemnizaciones de hasta $15.000 (u$s3.000 o 20 sueldos promedio).
La batalla recién empieza
Y acá lo que vale es jugar a desinformar; ni siquiera a mi se me hace fácil descubrir que es la realidad. La gente de Infobae dice que “la justicia decidió que estas personas deban pagar indemnizaciones”, según La Nación “Las multas, según fuentes de Capif, fueron decididas en instancias de mediación judicial”… o es en juicio O es en una mediación.
Y la diferencia no es trivial, pese a que lo parezca, porque según infobae son culpables de piratería, van a enfrentar el infierno de “vender su auto para pagar” y la justicia ya decidió. Pero si me atengo a lo que dice LN, esto fue un arreglo de mediación y por lo tanto NO hay sentencia, no hay culpables y solo se arregla por miedo a males mayores.
¿Cual es el mal mayor en este caso? Enfrentar a una corporación sin problemas de presupuesto para una batalla judicial larga y desgastante. Y una familia común y corriente no puede hacerlo, misma táctica de la RIAA porque solo el costo del juicio asusta a todos.
Por eso la táctica de ventas de 10musica.com y su “brazo” mediático, Infobae.com, es totalmente funcional a la estrategia de la CAPIF; la información de nuestros derechos y el conocimiento de que leyes se violan, O NO, son más necesarias que nunca porque yo sé como sigue esto la “madre” de cada uno de nosotros se va a preocupar y ante cualquier duda dirán “paguemos porque estás pirateando”.
Sin embargo hay que remarcar algunas cosas:
1- NO hubo sentencia Judicial ya que todo se arregló por vía extrajudicial; personalmente no hubiese arreglado, ya que según la ley debería haberse demostrado el “afán de lucro” pero entiendo que una familia (la edad promedio de los acusados es de 20 años) no quiere meterse en contra de una corporación como la CAPIF apoyada por medios como Infobae.
2- NO son piratas Lo interesante del juicio no es que se los perseguía por haber bajado música de internet, no es que “piratean”, sino la posesión de música en sus discos rígidos sin la licencia necesaria y, al mismo tiempo, tener instalado un programa P2P (en este caso se persiguió a kazaa y a BearShare). ¿Y si quise tener un backup de mis CD’s? Es solo una idea rápida, pero ¿no podría ser cierto?
Y, repito, no son multas porque no fueron generadas en un estrado judicial, sino en un arreglo extrajudicial.
3- Esto es una campaña de miedo y dejando de lado que la gente de CAPIF ya amenaza con “mas juicios”, la actitud de Infobae.com demuestra porque la confianza en los medios cae en picada.
No sólo aprovechan para mostrar “las graves consecuencias” de la piratería sino que, además, aprovechan y hacen publicidad de SU TIENDA de música (10musica.com); la nota sinceramente es una vergüenza, poner como un link relacionado a una tienda musical propia está tan alejado del periodismo y tan cerca del lobby que no se puede creer.



Mariano, yo insisto en el Bleff de todo esto
1.- nunca se han dado precisiones de las causas abiertas
2.- nunca ninguno de estos “Power users” esparció su problema por la red, a ver, un tipo que es un massive downloader tiene presencia en la web aunque sea en un puto foro, ¿por que nadie se enteró de los “culpables” nunca?
3.- la única vez que “parecía” había uno comentando en mi weblog, dejó dos comments y nunca más, yo le ofrecí mi ayuda en TODO, principalmente en dar a conocer la maniobra ilegal de CAPIF
¿por qué ilegal? la única forma de obtener información sobre un cliente de un ISP, en Argentina, es mediante un JUICIO, no mediante una carta documento o una demanda, el juzgado DEBE exigir esa información.
Pero para que CAPIF pudiese averiguar QUE IP está compartiendo QUE material, es necesario llevar a la práctica actos ilegales, snifeo, etc. Que si tienen antecedentes en nuestra justicia.
¿quienes pagaron esa multa? desde ya que yo voy a juicio por algo así y pienso hacer mediático y público el problema, principalmente en el ambiente web.
Yo no creo en estos juicios, las noticias son vagas, Clarín, La Nación e Infobae dan el mismo parte de prensa… emitido por CAPIF!! y es sólo propaganda mete-miedo! nada más! de los juicios o arreglos extra-judiciales no se sabe nada.
Cabe aclarar que en Argentina si hay una demanda esta no se desestima por un arreglo si hubo un principio de delito, el juzgado debe investigar de oficio, así que no debería “solucionarse” con el mero pago de una puta multa, ¿quien estipula las “multas”? ¿CAPIF? no es una organización que esté facultada para cobrar pagos en honor a ningún derecho de autor, no está autorizada como ente recaudador por el estado!!!!!
¿donde están estos juicios? ¿existen? quiero pruebas…