Diferencias de Criterios.

Estaba tratando de escribir una nota de opinión sobre la desinversión tecnológica, que se viene en Argentina gracias a la crisis en la que estamos inmersos.

Cuando de repente me di cuenta que quizás lo que mejor explicaría este tipo de cosas, es la falta de conocimiento por parte de las autoridades de todo tema tecnológico y, por otro lado, la falta de criterio que tienen al tratar de entender como funciona el sector.

El caso que me llamó la atención fue la diferencia de criterios que existe para combatir el delito informático acá y en USA.

Hace casi un mes, un fallo de un Juez Argentino generó preocupación en la industria relacionada a Internet y la tecnología.

En ese fallo el juez declaraba que no es un delito “alterar las páginas Web porque no están protegidas por la ley penal argentina y por lo tanto pueden ser alteradas sin castigo”. Aclaró sin embargo que “existe un claro vacio legal al respecto”.

Mientras en EEUU. los Diputados aprobaban leyes más duras para penar el ciber-crimen. Hasta ahora en EEUU, los castigos se sancionaban teniendo en cuenta el valor económico del crimen; por ejemplo, el creador del virus Melissa tuvo que enfrentar 20 meses en la cárcel más una multa de u$s 5000.

Esta nueva ley, busca tomar en cuenta la Seguridad Nacional y los motivos por los que el autor del crimen cometió el crimen y en base a: los perjuicios económicos; la posibilidad de lastimar gente; y la “sensibilidad” de los datos modificados se establecen leyes más duras que pueden incluir cadena perpetua.

Cómo estas medidas a largo plazo atentan contra la libertad individual y la privacidad personal, considero que al momento de realizar la investigación se cuente con el apoyo de una ONG para proteger nuestros derechos en Internet.

Pero evidentemente los criterios son totalmente diferentes entre EEUU y el poder judicial argentino, que considera que “al ser magnetico no es un objeto pasible de legislación”.. o sea.. de ahí a entrar en la pc de alguien, borrar archivos, copiar info personal(sin utilizarla para delinquir) o alterar registros bancarios, yo no veo la diferencia.. si al final del día sólo se están moviendo bits y no papeles.

Sin una política que nos ayude a lograr alguna ventaja de la mala situación en la que estamos(exportando conocimiento o soft, por ejemplo) el mercado de IT en Argentina está perdido; Y sin un poder judicial que proteja estos productos nunca podremos tener ni un punto de partida para hacerlo.

13 opiniones en “Diferencias de Criterios.”

  1. Lo del desconocimiento técnico de las autoridades es cabalmente cierto.
    Sin ir más lejos, acá mismo en mi trabajo me asombro de la falta de control y cuánto ignoran nuestros superiores (gerentes, directores, etc hasta la presidente) la responsabilidad que cada uno de nosotros (los “pibes” de informática) cargamos.
    Nadie sabe, por ejemplo, que desde mi casa puedo bajar el website (una .gov, obvio) de un sólo plumazo con sólo proponérmelo…

  2. Qué estás esperando?

    Te digo algo, de todas formas ellos lo saben, aunque vos creas que no. Lo que pasa es que realmente no les interesa (y más tratandose de una .gov).

    Es triste pero es asi…

  3. Nahh… no tengo motivos… pero quisiera saber si van a ser tan giles de echarme de mala manera sin cambiar antes las claves del FTP

  4. Bueno, aunque no lo creas es EEUU como se considera que una .gov brinda un servicio público las penas son mucho mas severas.

    Mientras tanto acá en argentina.. nadie se preocupa por ese tema y como dice Javi, no se imaginan que tipo de responsabilidades genera un puesto como ese.

  5. Intenté entrar en http://www.secom.gov.ar para ver el anteproyecto de ley y no funciona… A ver si ustedes pueden….¿se sancionará some day?
    Aqui va un cable con algo de info …

    BUSCAN PENALIZAR LOS DELITOS INFORMATICOS

    La Secretaría de Comunicaciones (Secom) recibirá hasta el 31 de mayo las opiniones sobre el anteproyecto de ley de delitos informáticos, ante el vacio legal que impide penalizar a quienes modifican sitios web, dañan computadoras conectadas e incurren en fraudes a través de la red.

    Esta misma semana la Corte Suprema de Justicia elevó al Ministerio de Justicia que se instrumenten acciones para llenar el vacío legal que
    impidió, por caso, sancionar a quienes en el año 1998 modificaron el sitio web del máximo tribunal argentino.

    El anteproyecto expuesto a consideración por la Secretaría de Comunicaciones define tres tipos de delitos penales: el acceso ilegítimo informático (“hacking”), el daño informático (“cracking”) y el fraude informático.

    La propuesta incluye estos delitos en una ley especial en lugar de introducir enmiendas al Código Penal y deja en claro que el bien jurídico a proteger es la información.

    La redacción de este anteproyecto comenzó el año pasado con la labor conjunta de especialistas de la Secom y de las comisiones de informática
    y comunicaciones de la Cámara de Diputados.

    EL grupo de trabajo definió que en la Argentina existe la “necesidad de regular los delitos informáticos ante la imposibilidad de aplicar por
    analogía otras figuras relacionadas con delitos convencionales contemplados por el Código Penal, en virtud del principio de legalidad”.

    Además, los fundamentos de la propuesta justifican la necesidad de una normativa específica dado que “hay una diversidad de
    conductas antijurídicas, como ser, el acceso ilegítimo a sistemas o datos informáticos, daños y sabotajes informáticos, fraudes cometidos a
    través de la red, desvío electrónico de dinero, delitos que no en todos los casos pueden ser perseguidos penalmente por la falta de una
    legislación específica”.

    Las penas contempladas para sancionar estas conductas van desde multas de entre 1.500 y 30.000 pesos, hasta prisión de un mes
    hasta ocho años, según el tipo de delito del que se trate.

    El anteproyecto y las respuestas a la consulta pública están publicados en la página del organismo en internet: http://www.secom.gov.ar.

    La Secretaría de Comunicaciones incursiona en la problemática legislativa de la vida digital, pues bajo su órbita está el Programa Nacional para la Sociedad de la Información, que provenía de la hoy
    inexistente Secretaría para la Innovación Productiva a Ciencia y la Tecnología.

    Al traspasar a Comunicaciones este programa también se resolvió que la Secretaría tuviera a su cargo el diseño e implementación de políticas públicas destinadas a promover el uso masivo de internet y otras redes digitales de datos, al desarrollo del comercio electrónico,
    a la formación de recursos humanos especializados en su gestión, al fomento de las inversiones y al desarrollo, en general, de las
    telecomunicaciones, la informática, la electrónica, el software y demás tecnologías afines.

  6. Yo digo, no hay nada mas lindo que hackear un .gov… me da mas placer ver un .gov abajo que un site comercial.

    Yo todavia sueñio con tener un dominio minid.mil
    seria algo kewl.

  7. con respecto a lo que dice mini-d, pienso de la misma forma.. pero aca en argentina el que le retoques la pagina a alguien del govierno le chupa un huevo.
    Es de conocimiento publico que no tienen respeto por nada ni por nadie.. Tambien que la guita con la que le pagan al webmaster.. etc, es plata tuya y no de ellos..
    No se si te acordas pero hace pocos meses le toquetearon la web a duhalde.. Vos viste que se movieran? que saliera en los diarios??
    Yo no se… si hago uso de la “etica hacker” de solo toquetear cosas de gente que usa y abusa de personas en este caso el govierno.. No es crimen… Pero hackearle la web a un microempresa que recien empieza… mas que un delido es una caradurez y debe ser penado.

    :)

  8. si.. en cierta manera estoy de acuerdo con qeu ciertos sites gubernamentales no afectan la marcha de la vida cotidiana.. ej: si alguien tiraba abajo la pagina de inesita pertiné no le jode a nadie, no?

    Pero qeu pasa cuando tiran el site de la AFIP y entonces no podes hacer tramites… o cuando tiran abajo el site de la corte suprema y se pierden o borran sentencias judiciales?

    Sé que la etica hacker es diferente a ser un cracker y quemar esos files, no? ;)

    Pero de alguna manera tienen que estar protegidos mas que la parte institucional, los datos que hay detrás de eso.

  9. deseo borrarme no es por nada malo sobre ustedes sino que me encontrarme un poco como se dice vulgarmente apretado por unos prestamos y hasta que no salga de ellos se me hace dificil despues que salga de los mismos llamare a vuestra cordinadora para volverme asociar ruego comunicarme mi solicitud por medio de mi correo desde ya muchas gracias

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